martes, 5 de agosto de 2014

Chalet La Marina - Nota al HCD elevando observaciones respecto al proyecto de anexión de obra nueva

Nota 187-A-2014
Mar del Plata, 05 de agosto de 2014
Sra. Presidente del H.C.D.
del Partido de Gral. Pueyrredon
VILMA BARAGIOLA
S      /       D


Referencia: Expediente 1750-E-2014 
s/ otorgamiento de indicadores 
urbanísticos especiales 
en proyecto de anexión de viv. multif. 
a bien patrimonial
-Chalet “La Marina” (Alula Baldassarini, 1925)-

Por medio de la presente nos dirigimos a Usted y por su intermedio al resto de los Sres. Concejales, a fin de elevar algunas observaciones respecto al proyecto contenido en el Expediente de Referencia. 
Observaciones de la situación general:
En primer término quisiéramos recordar la importancia que tiene la obra de Alula Baldassarini para la identidad urbanística de Mar del Plata -entendiendo a la identidad como algo que se sustenta en las permanencias y no en los cambios o sustituciones-, no sólo por la magnitud de su obra, más de cincuenta (50) residencias construidas entre 1916 y 1946,[1] sino también por haber contribuido a la gestación de un estilo arquitectónico propio de la ciudad, el chalet estilo “Mar del Plata”.  
A pesar de esta importancia, y de su reconocimiento oficial a través de la declaratoria de Interés Patrimonial de gran parte de su obra, y de las declaratorias de Interés Municipal y del HCD del libro “Alula Baldassarini. El impulsor de la arquitectura pintoresquista” (2009) que reconoce a partir de una exhaustiva investigación el valor de su legado, en los últimos años se está asistiendo al deterioro y pérdida continua del mismo:.... [Chalet “Valdivia de García”, Chalet “Roesli” y aledaños del mismo autor, Chalet “San José”, Chalet “Minvielle”, Chalets “La Franca” y “Roque Suárez”, Chalet “Lita Mami”, Chalet “Mar y Mar”].
Ahora parece tocarle el turno al chalet “La Marina”,  poniendo en evidencia que, acción u omisión, por desidia o por un errado convencimiento de que es la única vía posible para lograr conservar “algo”, el Municipio está permitiendo la destrucción sistemática del patrimonio de la ciudad.
Ante tal situación nuestra Asociación ha emitido documentos que advierten los riesgos de cada caso, ha elevado recomendaciones y propuestas tendientes a hallar soluciones, y mostrado disposición en todo momento a colaborar para encontrar otras nuevas.

Observaciones del caso en particular:
El chalet “La Marina” fue construido 1925 por el Ing. Alula Baldassarini para residencia propia. Hasta ese momento el profesional desarrollaba su labor básicamente como constructor, siendo una de sus intervenciones la remodelación de la Villa Ortiz Basualdo. Es a partir de esta intervención que adopta -para una etapa de su producción- el estilo anglo-normado, caracterizado por los basamentos de piedra, los pan-de-bois, las cubiertas de tejas planas, con numerosos faldones de pronunciada pendiente y cortes “a lo normando”.
En esta obra, Baldassarini no sólo confirma su pericia como constructor, sino que demuestra también sus dotes como proyectista. “La Marina” pasa a ser como una carta de presentación que le abrirá las puertas a numerosos e importantes encargos profesionales, siendo el más destacado el de la residencia de veraneo para el presidente de la República Marcelo T. de Alvear: “Villa Regina” (1927).
Estas y otras consideraciones hicieron que el bien que hoy nos ocupa adquiriera, en la declaratoria de Interés Patrimonial, la Categoría “B” dentro de los rangos que establece el Código de Preservación Patrimonial (Ord. 10.075 y modificatorias). Esto implica un Grado de Protección 2 o “Estructural”, es decir:
Se “Protege el carácter del edificio, su fachada y volumetría. Respeta, dentro de la tipología arquitectónica, los elementos básicos, la composición en planta y la forma de apropiación espacial. La protección incluye además los espacios abiertos, parques, jardines y forestación. Las acciones se orientan a rescatar los valores propios del lenguaje arquitectónico permitiendo adaptaciones formales y funcionales, observando y atendiendo a dicho carácter.” (Anexo II, Ord. 10.075)
Bajo este encuadre la Asociación analizó la propuesta planteada en el Expediente de referencia, y concluyó que la misma no aborda satisfactoriamente algunas cuestiones que deben ser tenidas en cuenta a la hora de intervenir sobre un bien de valor patrimonial de la Categoría señalada. 
El chalet “La Marina” posee características estilísticas, como el juego de cubiertas de variadas pendientes y chimeneas, y de apropiación espacial, donde se advierte una voluntad de implantación exenta a pesar de las condiciones de la parcela, que deben ser respetadas en un proyecto de anexión de obra nueva, no sólo en cuanto a la relación de escalas, sino también en la proximidad o forma de vincularse. Lo nuevo no debe anular o deteriorar la apreciación de lo antiguo. No sería respetuoso que una obra nueva invada o vuele por sobre el bien patrimonial.[2]
En cuanto al interior del chalet este posee espacios claramente reconocibles como propios del período de la obra y en especial del autor (pisos de mosaicos en damero blanco y negro, y cielorrasos con envigado de madera hachada), y que por ser ambientes estructurantes de su composición en planta deben ser conservados o recuperados integralmente. Estos espacios corresponden a los salones principales de Planta Baja: Hall de Acceso, Salones de Estar y Comedor, con sus respectivas chimeneas, y la escalera principal que conduce a la Planta Alta.
Nuestra Asociación entiende la necesidad de hallar una solución a la situación crítica del inmueble, en cuanto al estado de conservación, y que la anexión de obra nueva en altura -en un contexto ya densificado- es algo admisible si se plantea como posibilidad de articulación, pero también entiende que esta anexión debe ser hecha en forma respetuosa, de modo que no haya detrimento en los aspectos de valor y se conserve el bien en forma digna.
El Municipio debe evitar por todos los medios tanto que el bien “muera” por abandono o desidia como que “viva” humillado.[3] Lamentablemente sobran ejemplos de inmuebles que poseían valor patrimonial y que por intervenciones desacertadas se han malogrado, siendo hoy ejemplos de lo que no se debe hacer, y exhibidos en las cátedras de los posgrados que abordan esta temática (Remitimos dos casos a modo de muestra en hoja anexa).
Por último, y entendiendo que lo presentado corresponde a una instancia de ANTEPROYECTO, consideramos que pueden ser corregidos los aspectos que afectarían al bien, pero esto no puede ser librado a la voluntad del propietario y/o proyectista. Por ello solicitamos a los Sres. Concejales tengan a bien condicionar el otorgamiento de los indicadores que solicitan al cumplimiento de premisas que permitan salvaguardar las características y dignidad del chalet de Interés Patrimonial en cuestión.
Sin otro particular saludamos a Usted muy atentamente.

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[1] De las aproximadamente 50 obras que construyó y en su gran mayoría proyectó el Ingeniero Alula Baldassarini, se conservan 34, de las cuales 24 están declaradas de Interés Patrimonial a nivel municipal, 2 a nivel provincial, y 1 dentro de un conjunto declarado Monumento Histórico Nacional.
[2] Recordamos que un caso similar de avance sobre un bien patrimonial se había presentado en el proyecto inicial para anexar una vivienda multifamiliar en Villa Lobos (Sarmiento y Avellaneda) y que tal situación fue luego corregida (No así la alteración del contexto que hasta ese momento era homogéneo). 
[3] Recordamos: Artículo 41 de la Constitución Nacional; Artículo 44 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, y Artículo 27 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.


Ejemplos de lo que NO ES una "Puesta en Valor" del Patrimonio:

Bahía Blanca - Hospital Español  /  Bs. As. - Edificio en Carlos Calvo y Tacuarí

Proyecto para la Parroquia Nuestra Señora de las Victorias, Ciudad de Buenos Aires. Impedido por una medida cautelar confirmada por la Cámara de Apelaciones el 7 de mayo de 2014.

------- PS -------

19-08-2014 La Comisión de Obras del HCD recibe al Arq. Eduardo Zak para que haga una presentación de su Proyecto de intervención y anexión de edificio en altura en el chalet "La Marina", y para el cual se solicita indicadores especiales. En la exposición el arq. revela que la orden de desalojo de los intrusos del inmueble estaba dictada hace tiempo, pero no la ejecutaban a la espera de la respuesta del Municipio a la solicitud de excepción (¿dejaron que continuara el vandalismo sobre el bien patrimonial para no pagar -tras el desalojo- un sereno que cuide el sitio, y de paso justificar el otorgamiento de la excepción?).

26-08-2014 La Comisión de Obras del HCD aprueba la solicitud de excepción (indicadores especiales) para realizar el edificio en altura, sin tener en cuenta las observaciones vertidas por MDP a+u, es decir vulnerando la protección "estructural" del bien patrimonial.

01-09-2014 La Comisión de Legislación del HCD también le da aprobación.

11-09-2014 En Sesión del HCD se trata el Exp. y le dan aprobación por mayoría:
A FAVOR:  ROSSO Héctor (AM), RODRÍGUEZ Claudia (AM), GAUNA Fernando (AM), CIANO Ariel (AM), FERRO Alejandro (AM), URDAMPILLETA Alejandra (AM), GORRACHATEGUI Alejandro (en reemplazo de WOOLLANDS - AM), BARAGIOLA Vilma (UCR), MAIORANO Nicolás (UCR), ABAD Maximiliano (UCR), RODRÍGUEZ Mario (UCR), ABUD Eduardo (UCR), CORIA Cristina (UCR), ARROYO Fernando (AA), SAENZ SARALEGUI Guillermo (AA), CANO José (AA), AZCONA Cristian (FR),
ALCOLEA Hernán (FR), FIORINI Lucas (FR).
EN CONTRA: GUTIÉRREZ Marcos (FPV), BERESIARTE Verónica (FPV), MARAUDE Fernando  (FPV), RETAMOZA Pablo (FPV).